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No hay que especular ni buscar responsables externos de lo que está ocurriendo en España con la salida masiva de terroristas, violadores y asesinos de niños de la peor especie. La responsabilidad está en nuestra “clase política”, esos políticos que han hecho de su actividad de servicio al pueblo una profesión de la que tratan de vivir el máximo tiempo posible.
Naturalmente, para mantenerse en el coche oficial, hay que gobernar sin comprometerse demasiado en los temas más delicados. Hay que dejar hacer, pasar por alto, seguir la corriente, aunque se cause, por dejación, un grave perjuicio a los ciudadanos.
Los socialistas del PSOE, cuando han gobernado, han querido llevar al extremo su mal llamado progresismo, manteniendo unas leyes penales extremadamente garantistas para los delincuentes, basando toda su política penitenciaria en las reinserción social de los condenados, creyéndose con ello estar a la vanguardia de las sociedades más avanzadas. Por cierto que en alguna de ellas conservan la pena de muerte, de lo que discrepo, o cadenas perpetuas revisables, en lo que estoy de acuerdo.
Por su parte, la derecha que el Partido Popular representa, continua amordazada por sus muchos complejos, como si tuviera que hacerse perdonar la Guerra Civil española en la que no tuvieron parte, ni ellos ni sus más recientes antepasados, pero se han dejado ganar por la “agipro” socialista que se empeña en esta falsa identificación. Estos complejos le han impedido modificar, hasta ahora, las leyes garantistas del socialismo.
Por unos y otros, por unas razones y otras, el Código Penal franquista de 1973, no es modificado hasta 1995, y en esa modificación no se contempla precisamente un endurecimiento de las penas más graves, pensando siempre que el arrepentimiento, los trabajos y estudios realizados en prisión, merecen una muy generosa recompensa en remisión de las penas.
Para salvar, en parte, los vacios legales, el Tribunal Supremo de España, en sentencia del 28 de febrero de 2006, establece la conocida como “doctrina Parot” por la que las reducciones de penas deben aplicarse a cada una de las condenas individualmente, y no al máximo legal permitido por la Ley del 73 que eran 30 años.
Lo que el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo considera un error de la justicia española es la retroactividad de la doctrina Parot, con lo que no puede ser aplicada a los delitos cometidos con anterioridad a su promulgación, es decir antes de 2006.
España, como firmante de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, está obligada a cumplir las sentencias del Alto Tribunal. Otra cosa es que no solo no ha sabido transmitir a los jueces de Estrasburgo la verdadera gravedad de un pronunciamiento de este calado, con la posibilidad de que estos asesinos, ni arrepentidos ni reinsertados, cometan nuevos asesinatos, sino que el representante español en ese Tribunal, el Juez López Guerra, ponente del caso, inclina con su voto favorable la decisión liberadora de asesinos. Si desgraciadamente hubiera un solo caso de reincidencia, ¿sobre qué conciencias recaerá?
El tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, por un solo voto de diferencia, ha puesto en la calle a terroristas, violadores y asesinos en serie, sin cumplir la pena máxima legal y a los que se les han aplicado las reducciones por trabajo o estudios, y que fueron condenados antes de 2006, sin que parezca importarle las consecuencias de sus decisiones; no importa si el más aberrante de los asesinos o violadores que ha despreciado los derechos humanos de los demás, vuelve a pisar las calles. Ni siquiera recomienda medidas de cuidado para los casos graves, entre otras precauciones lógicas de seguridad para la sociedad.
Tras la primera excarcelación, la de la etarra Inés del Rio, los ministros del Interior y Justicia, en rueda de prensa acompañados por la presidenta de la Asociación de Víctimas del Terrorismo, Ángeles Pedraza, quisieron dejar muy claro que los demás casos se estudiarían uno a uno y que para nada iba a haber excarcelaciones masivas. Para desmentirlos, en menos de 24 horas, la Audiencia Nacional, respaldada más tarde por el Tribunal Supremo, comenzó a excarcelar a decenas de asesinos, asombrando a propios y extraños por su inusitada celeridad.
Pero todo esto se hubiera evitado si nuestros políticos, en treinta y cinco años de democracia, hubieran elaborado un nuevo código penal que contemplara penas más duras para la comisión de delitos de especial gravedad, exigencia de arrepentimiento, cambio de comportamiento y penas revisables, pero están muy ocupados en conservar el sillón.
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