jueves, 7 de marzo de 2013

EL MINISTRO, EL MATRIMONIO Y EL AMOR.

Opinión | La Gaceta


  • EDITORIAL
    El ministro, el matrimonio y el amor
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  • “Allí donde haya amor está plenamente justificada la unión de dos personas”. “Esa necesidad de encuentro, de afecto y de compartir una vida en común entre dos personas es amor y es un comportamiento histórico de la humanidad”. “Los poderes públicos deben crear instrumentos adecuados para que esa voluntad de encuentro tenga sus efectos jurídicos y desarrollo en una sociedad avanzada y democrática como es la nuestra”. Estas frases podrían ser de un programa televisivo del corazón o de una asamblea de indignados en la puerta del Sol. Pero, no; han sido pronunciadas por un ministro del Gobierno, concretamente, el ministro de Justicia. Es verdad que para ser ministro de Justicia no está legalmente establecido que haya que saber algo de Derecho; sin embargo, en este caso se da la circunstancia de que es fiscal de carrera. Al Derecho, al menos hasta el pensador Rodríguez Zapatero, hoy consejero permanente de Estado, no le importa si los que celebran un contrato de matrimonio se aman o no.
    Lo que importa es que el contrato se celebre libremente, que el compromiso de convivencia sea duradero, y que, en consecuencia, ese contrato esté lo bastante protegido en aras del bien común. Los llamados “matrimonios de conveniencia” en nuestro Derecho no son los que se celebran sin amor, sino los que constituyen una simulación entre personas que no tienen voluntad de convivir, sino sólo de disfrutar de los beneficios económicos, fiscales o de adquisición de la ciudadanía que proporciona esta institución jurídica. Un matrimonio entre personas que deciden unir públicamente sus vidas por razones familiares, económicas o hereditarias, es perfectamente válido, tanto si se aman como si no. Y si dos personas se aman, incluso volcánicamente, el Derecho no tiene nada que decir: es un asunto libérrimo, privado, íntimo y sin consecuencias jurídicas. La razón de que el Estado legisle sobre la institución del matrimonio civil es, básicamente, la necesidad de regular las consecuencias derivadas de un compromiso público que, por su naturaleza, es generador de efectos hereditarios, de consanguinidad o de parentesco que dicen relación con terceros. Y nada de esto tiene que ver con la democracia, desde luego.
     El ministro parece haber sufrido esta vez un súbito ataque de cursilería rosa, y él sabrá por qué. Pero sería recomendable que alguno de los cientos de asesores que cobran del erario le advirtiera de que, en general, es mejor no hacer el ridículo.

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