miércoles, 15 de febrero de 2012

RIDÍCULO SINDICAL.

Opinión | La Gaceta




  • 15 FEB 2012

  • La sombra de una huelga general contra la reforma laboral deMariano Rajoy planea hoy sobre España, pero los sindicatos mayoritarios, UGT y CC OO, no se sienten lo suficientemente fuertes como para acometerla y, por miedo al ridículo o simplemente por cobardía, han optado en primer lugar por cuestionar la legalidad de las decisiones adoptadas por el Ejecutivo de Mariano Rajoy en materia laboral. Este es, simple y llanamente, el mensaje de los sindicatos y, en gran medida, delPSOE, a cuenta de la reforma laboral aprobada el viernes.
    Los responsables sindicales insisten en una supuesta inconstitucionalidad del texto, pero evitan a toda costa hablar de movilizaciones. Su injustificado inmovilismo durante los años de la crisis, en los que han estado más pendientes de lucrarse con los ERE que de ocuparse de los 5,3 millones de desempleados, los descalifica como representantes de los trabajadores, de ahí que no quieran hablar de huelga general y se conformen con la promesa de la ministra de Empleo, Fátima Báñez, de una interlocución técnica para mejorar la reforma.
    Los sindicatos insisten en que algunos puntos de la reforma podrían ser contrarios a la ley, y que sus servicios jurídicos estudian la posibilidad de denunciarlos en el Tribunal Constitucional. En concreto, UGT y CC OO dudan de que los empresarios con menos de 50 trabajadores puedan aplicar el nuevo contrato fijo aprobado, que establece un periodo de prueba de un año (frente a los seis meses que había antes) en el que se puede despedir sin indemnización.
    Por lo que se refiere a esta objeción, se puede señalar que la distinción de un doble régimen legal, en función de que la empresa tenga más o menos de 50 trabajadores, se hace con la finalidad de proteger a la pequeña y mediana empresa, en conexión con una consideración global de la crisis del empleo y de la forma de salir de ella, según finalidades que en sí mismas no pueden calificarse de contrarias a la Constitución, como dijera en su día la la sentencia del Tribunal Constitucional6/1984, en cuanto conectan con la potestad legislativa del Estado para la ordenación de la economía (arts. 38 y 53.1 de la Constitución) y para regular distintas relaciones de trabajo con un régimen diverso (art. 35.2).
    En general, entre los juristas hay unanimidad en señalar que no hay motivos para tachar de inconstitucional por motivos de fondo o de forma la reforma laboral presentada la pasada semana por el Gobierno. Es más, las críticas vertidas por sindicatos y oposición parecen más un pretexto, entre otra cosas, porque la constitucionalidad o no de las leyes se puede plantear cuando la ley existe, y para ello hace falta que decreto-ley se convalide.
    Mientras tanto, las intentonas de CC OO y UGT no son más que una cortina de humo cuyo fin no es otro que ganar tiempo para armarse de razón y que se dé un cambio en el estado de ánimo de los trabajadores antes de convocar una huelga general que podría ponerlos en evidencia. La reforma, como decía Báñez, es constitucional, y los recursos de inconstitucionalidad son un mero brindis al sol, cuando no una excusa para evitar la convocatoria de una huelga general.

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