SITUACIONES
DIFÍCILES
Primer
aniversario
El
diecinueve de marzo, fiesta de san José, del año pasado, apareció la
exhortación apostólica La alegría del amor del papa Francisco,
proponiendo la doctrina pontificia después de la celebración del Sínodo sobre la
familia convocado en dos etapas con el objetivo de afrontar la compleja
situación familiar en un mundo cada vez más diversificado en modelos de
comportamiento, esquemas ideológicos y proyectos sociales. El modelo familiar
cristiano tiene que compartir espacio social con otras formas de convivencia
familiar, que tienen en común el carácter nuclear de las mismas, pero difieren
sustancialmente con mucha frecuencia. Se entiende por familia nuclear la que
esta formada por el matrimonio y los hijos. Pensemos en las uniones de hecho
ocasionales o formalizadas oficialmente; las uniones heterosexuales u
homosexuales. Algunos viven su segundo o tercer divorcio con sus consiguientes
matrimonios civiles. Como vemos el panorama social no tiene un modelo único de
familia. A lo anterior hay que añadir el papel de los hijos traídos de las
distintas uniones, que merecen una atención preferente, al constituir la parte
más débil en todos estos procesos de reestructuración familiar sumamente
complejo.
El documento La
alegría del amor lleva un año de vigencia y es magisterio pontificio del
más alto rango, y se va abriendo paso con algunas dificultades casi
insensiblemente. El Papa no se ha salido ni un ápice del Evangelio ni de la
Doctrina Oficial de la Iglesia; pero se ha paseado por las periferias, como a
él le gusta decir. Había que proponer la belleza del amor humano e integrarlo
en su dimensión cristiana y sacramental y lo ha conseguido; convenía destacar
la estructura dialogal del amor conyugal, y lo
lleva a cabo con gran sencillez; y, por otra parte, no deja de mostrar la
convivencia familiar como el ámbito principal de valores fundamentales y fuente
de la alegría personal. Pero el cuadro ideal y real del matrimonio y familia
cristiana no está privado del riesgo de la quiebra o del fracaso, por lo que la
Iglesia tiene que actuar o estar dispuesta como un hospital de campaña,
como al Papa le gusta decir, para actuar
de buena samaritana. Llegados a este punto es donde el documento se hace
menos digerible para algunos, que con buena intención quieren velar por la
vigencia de unas esencias que ellos consideran irrenunciables.
Una
gran dificultad y una gran oportunidad
El capítulo
octavo del documento La alegría del amor plantea la cuestión pastoral incómoda para
algunos y desafiante para otros: ¿Se admite a los sacramentos de la Confesión y
de la Eucaristía a los divorciados y vueltos a casar civilmente? Este asunto
suscitó polémica y lo sigue haciendo. En el Instrumento de trabajo
presentado a los cardenales, antes de la primera etapa sinodal, por el cardenal
“Walter Kasper”, se recogía la necesidad de afrontar estos casos y darles una
salida que agotase todos los recursos de la Misericordia divina; es decir,
había que valorar si algunos casos de divorciados y vueltos a casar civilmente
podían recibir los sacramentos de la Confesión y de la Eucaristía. La reacción
no se hizo esperar, y un grupo de
cardenales, con todo el derecho que otorga la libertad de pensamiento, expresó
su rotunda negativa al planteamiento inicial del cardenal Kasper. Los debates
sinodales siguieron ahondando en la misma línea
del cardenal. El Papa elabora, en
este capítulo ocho del documento, una síntesis doctrinal que no se aparta en
absoluto de la Doctrina Oficial de la Iglesia. Entonces, ¿por qué los
opositores se muestran tan preocupados por la puerta que se abre a partir de
este documento? Les pasa como si alguien estuviera muy ocupado y concentrado
trabajando en su despacho y no se diese cuenta que el salón de su casa se le
había llenado de personas; en un momento dado tiene que salir de su despacho y
no sabe como comportarse con los que allí se encuentran.
Haciendo memoria
Cuando el
cardenal Kasper presentó a los cardenales el Instrumento de trabajo para
el Sínodo, al llegar al punto conflictivo de la admisión a los sacramentos de
los divorciados vueltos a casar, apeló a la historia, trayendo a colación la
práctica, en ese sentido, llevada a cabo en los primeros siglos por
algunos obispos en sus comunidades. La
iglesia Ortodoxa, que es en todo igual a la Iglesia Católica, excepto en la
obediencia al Papa y en el “filioque”, mantiene la disciplina sacramental de
los primeros siglos, sin negar en absoluto la indisolubilidad del vínculo
matrimonial contraído en el primer matrimonio, si este fue válido. La
excepcionalidad de la norma no está en la norma misma, si no en su
cumplimiento, teniendo en cuenta la fragilidad humana.
Pero los
monseñores y otros clérigos y laicos, que en la Iglesia Católica elevan sus
gritos al cielo por las disposiciones de la exhortación apostólica La
alegría del amor, no se acuerdan o desconocen, que fue el muy entrañable san Juan Pablo II, en la
anterior exhortación apostólica, de mil novecientos ochenta y uno, quien
admitió ya a los divorciados y vueltos a casar en segundas nupcias, a la
recepción de los sacramentos de la Confesión y la Eucaristía, pero con una
condición: habrían de vivir como hermanos comprometiéndose a no mantener
relaciones íntimas: “ (Familiaris consortio, n. 84 ).Veamos lo que dice el
texto oficial: La reconciliación en el Sacramento de la Penitencia – que les
abriría el camino al Sacramento Eucarístico- puede darse únicamente a los que,
arrepentidos de haber violado el signo de la Alanza y fidelidad a CRISTO, están
sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la
indisolubilidad del matrimonio. Esto lleva consigo concretamente, que cuando el
hombre y la mujer, por motivos serios –como, por ejemplo, la educación de los
hijos- no pueden cumplir la obligación de la separación, asumen el compromiso de vivir en plena
continencia, o sea, de abstenerse de los actos propios de los esposos. Por
tanto, la única diferencia en el actual magisterio pontificio del papa
Francisco se establece sobre la autorización a los divorciados y vueltos a
casar para que sigan manteniendo relaciones sexuales íntimas dentro de su
convivencia conyugal, pues el documento no plantea prohibición alguna sobre ese
aspecto.
En el último
sínodo sobre la familia se debatió la conveniencia de las relaciones sexuales
en los matrimonios divorciados y vueltos
a casar, y se concluyó que estos matrimonios, prescindiendo de las relaciones
sexuales pondrían en grave riesgo su unión y la propia convivencia con especial
repercusión en los hijos. En la exhortación actual, La alegría del amor,
el papa Francisco no alude ni por un solo momento a la cuestión de las
relaciones íntimas como condición imprescindible para la admisión a los
sacramentos de la Confesión y de la Eucaristía. Con respecto a las nuevas
uniones civiles de divorciados, la exhortación propone tres objetivos:
acompañar, discernir e integrar. Hay que leer despacio este capítulo octavo de
la exhortación para extraer el mayor rendimiento posible. Produce una gran
tristeza la cerrazón y la pérdida de grandes oportunidades de evangelización al
marginar estas enseñanzas por parte de sacerdotes, y obispos. Abrir las puertas
a personas en la situación que nos ocupa
supone un esfuerzo renovado por explicar el nuevo enfoque, que en realidad es
el mismo Evangelio, a los feligreses, para que no se produzca eso tan temido
por algunos que es el escándalo. Hay que fortalecer a las comunidades
parroquiales en la comprensión y vivencia de la misericordia de DIOS, de modo
que pase de ser un concepto vacío a una experiencia con contenido concreto. De
esta manera el discernimiento de los casos difíciles será llevado por el
sacerdote, pero al mismo tiempo apoyado por una comunidad parroquial que
crecerá espiritualmente al integrar de forma adecuada, a los que en ningún
momento están excomulgados, a la plena comunión eucarística dentro de la
comunidad. El papa Francisco ha puesto en manos de los pastores, curas y
obispos, un instrumento de trabajo pastoral de máxima importancia. ¿Qué están
haciendo con la aplicación de este
documento en los casos más difíciles? El Papa se está viendo obstaculizado en
la puesta en marcha de sus reformas, de forma directa por parte de algunos más
próximos, y por desidia por parte de otros un poco más distantes en los
escalafones eclesiásticos. Pregúntese quien lea estas líneas, ¿cuántas veces
durante este año ha escuchado una o varias homilías expositivas o aclaratorias
sobre esta exhortación del papa Francisco? Al mismo tiempo que normativa,
esta exhortación hace una exposición práctica de la vida conyugal y familiar,
que la hacen apta para ser leída por una gran mayoría. Un objetivo parroquial
debería estar centrado en la lectura del documento por la mayoría de personas
posible. Se entiende muy bien el documento cuando da consejos directos a los
esposos para la convivencia en la vida diaria, o señala la importancia de la
educación de los hijos; mantiene una exposición con lenguaje pastoral al hablar
de las dificultades familiares o de las circunstancias sociales en las que la
institución familiar se encuentra inmersa. Por otra parte, habrá necesidad de
esclarecer algunos puntos y para eso deberían estar las homilías y determinado
tipo de reuniones. La homilía es la única posibilidad de catequesis para una
gran mayoría de personas católicas practicantes.
Repensar el problema
Algunos obispos
y sacerdotes se ponen muy serios cuando tienen que hablar en público de este
documento, y en concreto de este capítulo octavo y sentencian: “Es que el papa
Francisco no ha dado licencia para que todos los divorciados y vueltos a casar
participen de los sacramentos de la Confesión y de la Eucaristía”; y algunos
arremeten contra los medios de comunicación haciéndoles culpables de todas las
tergiversaciones posibles. Comprendo a
estos clérigos que se ponen tan serios, pues en su día yo hice lo mismo en aras
de la autenticidad, pero hay que darle dos vueltas más a estos asuntos
capitales. El cura que pretenda ser fiel, hoy, a la Iglesia tiene que leer
despacio esta exhortación y ponerse las pilas
para hacerla vida pastoral, de lo contrario perderá credibilidad él y la
Iglesia Católica. Nos seguirán acusando de que decimos y no hacemos.
Posiblemente, el clérigo se vea obligado
a modificar criterios que suponía inamovibles. No hay que desanimarse, es
preciso volver a las raíces en busca de
verdad. La situación de dos personas
divorciadas y vueltas a casar con hijos o sin ellos supone un asunto de
la máxima importancia, trascendencia y responsabilidad, que una vez resuelta
positivamente supondrá un fortalecimiento y crecimiento de las comunidades
capaces de acompañar, discernir e integrar.
La misericordia como principio
El papa
Francisco dedica los últimos números de este capítulo ocho a poner de relieve
la Misericordia divina como principio de actuación en todo el proceso de acompañamiento,
discernimiento e integración de las personas en situaciones consideradas irregulares. Tomar en serio la
Misericordia divina exige discernimiento, y el discernimiento práctico nos
complica la vida, porque lleva a las fronteras donde no cabe otra cosa que
fiarse de DIOS y demoler las seguridades construidas de modo artificial. Es una
falacia proponer alternativas como justicia o misericordia. La Justicia divina
no puede acercarse a nosotros más que a través de su Misericordia dada nuestra
precariedad y limitación. Y la Misericordia divina por su perfección y
omnipotencia nos hace justos ante DIOS mismo por pura Gracia. Las acciones que
nosotros realizamos que se puedan catalogar como meritorias pertenecen al orden
mismo de la Gracia, y en todo caso damos gratis lo que gratis hemos recibido
(Cf. Mt 10,8 ). La vara para medir sólo DIOS la tiene; la balanza para juzgar
está en las manos de DIOS; y las condenas resolutorias pertenecen a la máxima
soberanía divina (Cf. Lc 6,37 ). JESÚS no despreció la Ley contenida en el
Antiguo Testamento, pero la relativizó al bien del hombre mismo: “El sábado
está hecho para el hombre, y no el hombre para el sábado” (Mc. 2,27).
Primera y segunda generación cristiana
La doctrina de
san Pablo sobre el matrimonio, perteneciente a la primera generación cristiana,
contempla el divorcio en atención a los impedimentos para vivir la Fe por parte
del cónyuge creyente(Cf. 1Cor 7,15) San
Pablo sabía del mandato del SEÑOR en cuanto a la indisolubilidad del vínculo
matrimonial (Cf. 1Cor 7, 10). Entramos en este caso en una situación en que ha
de aplicarse la gradualidad en el cumplimiento de la norma o de la ley
prescrita(Catecismo de la Iglesia Catolica,n.1735 y 2352). El principio está
dado, el SEÑOR lo dejó establecido, pero existen casos en que el propio
principio no es posible mantenerlo en orden a un bien mayor.
El evangelio de
san Mateo se escribe entrada la segunda generación cristiana, allá por el año
ochenta, y recoge la práctica habida en las comunidades mateanas que enmarcan
el ámbito en el que se va a escribir este evangelio. Las palabras del SEÑOR
sobre la indisolubilidad del matrimonio eran conocidas por estas comunidades,
pero como las comunidades evangelizadas por san Pablo establecieron excepciones
a la norma o principio, que venía de los orígenes y que elevó a vínculo
indisoluble el propio JESÚS: Lo que DIOS ha unido, que no lo separe el
hombre (Mt 19,6). Para los exegétas actuales la excepción a la permanencia
del vínculo matrimonial una vez establecido radica en el propio adulterio que
establece una traición al compromiso adquirido ante DIOS en la unión
matrimonial. La Ley judía podía llegar a la lapidación de la mujer, si esta era
la parte culpable, y en cualquier caso el marido tenía la obligación de darle
el acta de divorcio. Por tanto, es lógico que las primeras comunidades
recogiesen la salvedad del adulterio para considera disuelto el vínculo. Otra cosa distinta era la separación
o divorcio “por cualquier causa” (Mt, 19,3). Cualquier causa” abarcaba desde cualquier
nimiedad, como un grano en la mujer en una zona del cuerpo que al marido no le
gustase; otras cosas más importantes como aspectos del carácter que hiciesen
inconveniente la convivencia. El divorcio era y es una institución recogida
dentro del Pentateuco y JESÚS la supera, pero las primeras comunidades
entienden que puede haber excepciones al propio principio establecido por
JESÚS. La discusión exegética entre el texto del evangelio de Marcos (Mc,
10,9), y el evangelio de Mateo que
establece el caso de adulterio para conceder el divorcio, supone un criterio a
tener en cuenta para entender la posición de la Iglesia Católica con respecto a
esta cuestión capital de la convivencia humana.
Las dos
excepciones consideradas, la de san Pablo y la de san Mateo, nos dispone de
nuevo a considerar la validez normativa de un principio moral y espiritual, y
la gradualidad en el cumplimiento del mismo. El papa Francisco quiere
disponernos a la difícil tarea del discernimiento que afecta a uno mismo y que
debe tener en cuenta las situaciones ajenas. La escala de grises es grande,
pero no puede convertirse en la puerta
de entrada al relativismo moral, por lo que desde el principio hasta el final
todo el proceso de discernimiento tiene que estar presidido por una conciencia
clara y creciente de la Misericordia divina, que hace posible que la Justicia
divina sea justa para los hombres. Una justicia humana o divina sin la
presencia de la Misericordia se convierte en la más flagrante de las
injusticias. Una justicia, que no tenga en cuenta las circunstancias y los
condicionamientos humanos, tanto internos y
personales como sociales, deriva en una condena sin paliativos en la
mayoría de los casos. Una justicia sin Misericordia, ¿es una justicia realista?
Una justicia sin misericordia, ¿juzga a la persona en su integridad y misterio,
o lo hace parcialmente? DIOS, ¿puede prescindir de su Misericordia para juzgar?
Decimos: Dios es Santo y es perfecto, ¿lo es por su Justicia o por su
Misericordia? DIOS es Justo y Santo e incompatible con el pecado, pero es capaz
de santificar y justificar al pecador, manifestando así su omnipotencia. En
este punto se encuentra la fuente regeneradora que emana de la Cruz de JESÚS. No existe pecado que en la Cruz de
JESÚS no haya quedado destruido y no hay situación que no pueda ser
restablecida desde la omnipotencia encerrada en la máxima debilidad humana del
CRUCIFICADO. Ninguna jerarquía eclesiástica o cristiano de a pie se debería
apartar de este principio redentor para
resolver, desde ahí, todas las situaciones humanas que estando tan desfiguradas
ya no parecen humanas como reza el salmo veintiuno y el cuarto cántico del
Siervo de YAHVEH (Slm 21,; Is 53,2).
La
gradualidad en la culpa y la gradualidad en la Gracia
El papa
Francisco en repetidas ocasiones manifestó que la recepción de la Eucaristía no
es un premio que recibimos por ser buenos. Esta gran verdad no la tenemos bien
asumida los que participamos en la santa Misa y comulgamos con frecuencia. Está
muy bien que se nos recomiende encarecidamente que debemos estar en gracia de
DIOS para acercarnos a comulgar; y es en ese punto donde puede estar el nudo
del problema. ¿Quién determina el que
está en gracia de DIOS? ¿qué entendemos por estar en gracia de DIOS? ¿Es un
estado de perfección ética el estar en gracia de DIOS? Podría alguien concluir:
Está en gracia de DIOS el que no comente pecado. Y parecería que la proposición
anterior es absolutamente correcta, pero todavía cabe alguna salvedad: primero,
que aquel que en absoluto no comete pecado ya está en el cielo; segundo, que
nadie en este mundo está privado del pecado más o menos grave. Esto último lo
rezamos en el padrenuestro y nos lo
recuerda san Juan en su primera carta (1Jn, 1,8-10). En el padrenuestro rezamos
cada día pidiendo el pan y el perdón; y salvo que lo hagamos de manera
superficial o hipócritamente, debemos ser conscientes de nuestro pecado diario,
que DIOS ha de perdonar diariamente para mantenernos en su divina Presencia.
Ante este panorama tenemos que seguir preguntando, ¿quién está en Gracia de
DIOS? Pues, todo aquel que desea tener una relación con ÉL, ya que el mismo
deseo establece la relación. O, más aún, el deseo de establecer la relación ya
indica que DIOS mismo está en íntima
relación con esa persona.
Dados los hechos
anteriores en la fase sinodal, previa a este documento, algunos padres
quisieron establecer dos modalidades: que los matrimonios divorciados y vueltos
a casar al participar en la santa Misa realicen una comunión espiritual, pero
no se acerquen a recibir el sacramento, a lo que otros respondieron que si
mediante esa comunión espiritual se establecía un estado de gracia de DIOS,
¿qué impedía la recepción del mismo sacramento? Los que se pronunciaron de esta
manera estaban considerando que el estado de gracia no es algo fácilmente
determinable por nadie, y que la Eucaristía no es un premio, sino el alimento
de los más débiles y necesitados. ¿Pasa algo cuando comulgamos? Claro que sí;
lo que pasa es que JESÚS viene a establecer una relación profundamente restauradora
en la persona a todos los niveles. El más necesitado va a ser consciente de la
entrada sacramental de JESÚS en su vida. El papa Francisco advierte en este
capítulo ocho: No hay pecado que pueda ser imputado toda la vida. Atendamos
bien: alguien ha vulnerado el vínculo matrimonial una vez recibido válidamente,
¿puede ser perdonado de este pecado? Cuando se afirma: los divorciados y
vueltos a casar no están excomulgados y hay que hacérselo saber; ¿podemos
decirles al mismo tiempo que están en adulterio permanente, si mantienen las
relaciones propias de un matrimonio que ha de permanecer en amor y fidelidad?
En algún momento de las vidas de estas personas la Iglesia debe reconocer que
las obligaciones para con el matrimonio anterior han concluido y que la
responsabilidad moral de los afectados está resuelta.
Dos episodios del Nuevo Testamento
El primero de
ellos nos lleva al encuentro de JESÚS con la Samaritana. Conviene leer el texto
(Jn 4, ss), y extraer lo que al tema presente interesa. Se produce el encuentro
entre JESÚS y la Samaritana y observamos que es directamente intencionado por
parte de JESÚS, conocedor de las circunstancias actuantes en la vida de aquella
mujer. No olvidemos que el evangelista san Juan muestra a JESÚS capaz de
reconocer lo íntimo del corazón del hombre (Cf Jn 2,23). JESÚS puede entrar en
el mundo personal de la Samaritana sin violentar su libertad, y dialoga con
ella hasta que el corazón de esta mujer acepta el don del ESPÍRITU SANTO, mostrando su presencia y acción en el impulso
evangelizador manifestado en ella(Cf Jn 4,28-29). ¿Juzgaríamos, en un
principio, a la Samaritana capaz de recibir el don del ESPÍRITU SANTO cuando su
estado en aquel momento era manifiestamente irregular? JESÚS se lo declara:
has estado casada cinco veces, y el hombre con el que ahora convives no es tu
marido (Cf Jn 4,17 )Por tanto en este encuentro aparece una situación que
nosotros calificaríamos irregular, en la que JESÚS, EL SALVADOR, es capaz de
actuar, rehabilitar y convertir.
El otro caso nos
lleva al libro de los Hechos de los Apóstoles, cuando Pedro es mandado por el
Ángel del SEÑOR a casa del centurión Cornelio (Hch 10,34-48). El texto describe
un escenario familiar, en el que hay un deseo de recibir el bautismo como
puerta de entrada a la comunidad
cristiana. Pedro inicia su anuncio y comienza a hablar de JESÚS de Nazaret,
ungido por DIOS con la fuerza del ESPÍRITU, que pasó haciendo el bien, curando
y liberando a todos los oprimidos por el diablo. Ajusticiado y crucificado,
DIOS lo resucitó de entre los muertos.
La síntesis del libro de los Hechos sin duda corresponde a un discurso más
amplio y detallado; pero lo importante es lo que sucede mientras Pedro está
hablando a esta familia: el ESPÍRITU SANTO viene sobre los presentes y comienzan
a profetizar y a alabar a DIOS en lenguas. Pedro, entonces, declara: ¿Podemos
negar el bautismo a los que el ESPÍRITU ha ungido igual que a nosotros? Esta
última afirmación es capital para el tema que nos ocupa.
Veamos, pues: La Samaritana
manifiesta la presencia del ESPÍRITU SANTO en la prontitud con la que se
dispone al anuncio de JESÚS entre sus vecinos (Cf Jn 4, 28-29); y Cornelio y su
familia prorrumpen en un tipo de evangelización kerigmática acompañada de dones
carismáticos, don de lenguas y profecía (Cf Hch 10,45-46) . Hagamos el
paralelismo: ¿Se puede negar los sacramentos de la Reconciliación y de la
Eucaristía a unos padres que desean evangelizar a sus hijos, aunque provengan
de uniones canónicas anteriores? ¿Presentan los que así proceden, nos referimos
a los padres, signos claros de la presencia de la Gracia en sus corazones?
¿Acepta el SEÑOR JESÚS a su mesa al que dentro de su imperfección desea
sinceramente unirse a ÉL, ser sanado y rehabilitado? ¿Degradó JESÚS su Mensaje
aceptando el encuentro y la comunión con los más alejados de la sociedad de su
tiempo; o expresó, de esa forma, lo inagotable de su Misericordia?
Necesitamos en
nuestra Iglesia personas dotadas de los dones de entendimiento, sabiduría y
ciencia, para que realicen discernimientos prudentes que pongan en activo los
recursos de la REDENCIÓN. Entendimiento o conocimiento para saber de DIOS algo en su Misterio; sabiduría para entender los entresijos de la Providencia
divina en medio de las circunstancias humanas; y un poco de ciencia
teológica asistida por la unción del
ESPÍRITU que les permita dar razón de lo que la Iglesia puede hacer en el momento presente.
Al comienzo de
estas líneas advertíamos que la admisión
de los divorciados vueltos a casar y su participación en los sacramentos no
era un asunto del todo nuevo, pues san
Juan Pablo II, en la exhortación “Familiaris consortio”, habló de ello, y
dejaba una puerta abierta con la condición de que ambos cónyuges renunciasen al
mantenimiento de las relaciones íntimas. El comentario de esta condición y
disposición da para otro artículo, con lo que dejaremos el asunto para mejor
ocasión.
Para
terminar
Este capítulo
ocho de “La alegría del amor” recoge también la atención debida a esos otros
escenarios familiares en los que puede haber causas para la nulidad matrimonial
de los cónyuges unidos en nuevo matrimonio civil o unión de hecho. El
itinerario es distinto con los que permanecen en unión de hecho y se les puede
acompañar al descubrimiento de los beneficios espirituales del Sacramento del
Matrimonio. Las situaciones problemáticas no impiden en lo más mínimo el avance
y crecimiento en la vida cristiana. Todos debemos creer que DIOS puede mejorar
y cambiar las vidas de las personas más necesitadas.
Breve bibliografía
AA. VV. “Permanecer en la verdad de
CRISTO”; Ed. Cristiandad, 2014. cinco cardenales, entre ellos el Prefecto de la Sagrada Congregación para la Doctrina
de la Fe, contestan al documento de Kasper.
Augustin, George; “El matrimonio y la familia”,Ed. Sal
Térrea, 2014. El autor citado coordina
los trabajos de distintos especialistas en torno al matrimonio y las
situaciones difíciles, aportando aspectos a tener en cuenta.
Kasper, Walter; “El evangelio de la familia”, Ed. Sal
Térrea, 2014. En este libro de cien páginas se recoge la ponencia presentada
por Kasper, en el consistorio de cardenales de veinte y veintiuno de febrero,
de 2014, como instrumento de trabajo para el Sínodo sobre la familia. En este
documento de forma clara, Kasper, se pronuncia favorable a la admisión a los sacramentos de la
Eucaristía y de la Penitencia de los divorciados y vueltos a casar, después de
un proceso de acompañamiento y discernimiento.
Meier P , Jonh; “Un judío marginal”, Ed. Verbo Divino.
Esta magna obra de exégesis, de este autor católico, es una referencia obligada
a la hora de valorar un texto evangélico . El autor señala con gran precisión
el claro pronunciamiento de JESÚS sobre la indisolubilidad del matrimonio y la
cláusula de excepción tenida en las comunidades mateanas debido al adulterio,
que recoge el propio evangelista san Mateo (Cf 19,9)
Picaza, Xavier; “La familia en la Biblia, una historia
pendiente”, Ed. Verbo Divino, 2014. Es un recorrido por toda la Escritura para establecer una
base sólida a cualquier discusión posterior.
Sebastián Aguilar, Fernando; “Diez cosas que el papa
Francisco quiere que sepas sobre la
familia”, Publicaciones Claretianas, 2016. Las dos últimas páginas de
este libro ilustran la posición de nuestro obispo emérito y cardenal, estableciendo
criterios acordes con la “Amoris
laetitia”, del para Francisco.
Tettamanzi, Dionigi; “El evangelio de la misericordia
para familias heridas”; Ed. San Pablo, 2014. Arzobispo emérito de Milán,
argumenta en la misma línea que el cardenal Kasper.
Directrices pastorales de la Conferencia Episcopal Alemana, sobre la
admisión a los sacramentos de los divorciados y vueltos a casar. Búsqueda
en internet.
Pablo Garrido
Sánchez
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