El vicesecretario económico de la Conferencia Episcopal ha asegurado que la Conferencia Episcopal no va a entrar a valorar la publicación de bienes inmatriculados por la Iglesia decidida por el Gobierno «siempre que dicha publicación se haga conforme a la legislación vigente y que opere el principio de no discriminación»
El Gobierno ha tomado la decisión de elaborar y publicar un listado de los bienes inmatriculados por la Iglesia Católica, algo que la Conferencia Episcopal no va a entrar a valorar «siempre que dicha publicación se haga conforme a la legislación vigente y siempre que opere el principio de no discriminación», ha manifestado el vicesecretario económico de la institución, Fernando Giménez Barriocanal.
En una respuesta parlamentaria, el Ministerio de Justicia ha asegurado que «está procesando los datos para la realización del listado» de bienes inmatriculados por la Iglesia y «se prevé que, una vez finalizado, se proceda a su publicación de forma que se garantice el cumplimiento de la Ley Hipotecaria y la Ley Orgánica de Protección de datos».
A este respecto, Giménez Barriocanal ha asegurado que la Conferencia Episcopal «no dispone de un registro de bienes inmuebles de la Iglesia». Aunque, ha apuntado que «en España existen cerca de 40.000 entidades que son reconocidas como Iglesia Católica a nivel civil y que tienen la autonomía que le reconocen las normas civiles y canónicas, en todo, también en su capacidad de inmatriculación de inmuebles».
Conforme a la ley
Una reforma de la Ley Hipotecaria aprobada en 1988 por parte del Gobierno de José María Aznar otorgaba la potestad a la Iglesia Católica de acreditar la propiedad de templos o lugares de culto. De esta forma, ha afirmado que «las 23.000 parroquias y los varios miles de ermitas y otros lugares de culto no pudieron ser inscritos en el registro hasta finales de los años 90» y ha precisado que «en muchos casos se trata de centros de culto edificados hace muchos siglos».
Según ha destacado, el proceso de inmatriculación por certificación «no es, en ningún caso, un mecanismo de adquisición de la propiedad de un bien. El acto de registrar no concede la propiedad simplemente la registra», ha remarcado.
Asimismo, el Giménez Barriocanal sostiene que los bienes “se adquieren a través de los sistemas que prevé la legislación con carácter general”. “Por tanto, a través de los mecanismos de inmatriculacion por certificacion previstos en la ley (y que dejaron de ser operativos en 2015), lo único que se procuró es dejar constancia de una realidad que es anterior al propio acto de registrarla”, ha agregado.
Asimismo, el vicesecretario económico ha explicado que la propia legislación «prevé mecanismos para corregir los errores si los hubiere en dicho proceso», al tiempo que ha insistido en que «la inmatriculación no es un mecanismo de adquisición de la propiedad».
En cualquier caso, ha hecho hincapié en que «los más de 3.000 bienes inmuebles de interés cultural que administran las instituciones de la Iglesia en España aportan una riqueza cultural, educativa, religiosa y por supuesto, económica muy relevante» a España.
En esta línea, ha añadido que, de acuerdo con un estudio publicado por la consultora PwC, «la puesta a disposición de la sociedad de dichos bienes aportan a la economía nacional más de 22.000 millones de euros al año, el 2% del PIB».
Europa press/Alfa y Omega
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