viernes, 3 de octubre de 2014

EL PARLAMENTO CATALÁN APRUEBA UNA LEY CONTRA LA HOMOFOBIA EN LA QUE EL ACUSADO DEBE PROBAR SU INOCENCIA.

INFOCATÓLICA.COM

MULTAS Y PROHIBICIÓN DE RECIBIR AYUDAS PÚBICAS


Tras una controvertida trayectoria y dos intentos fallidos de aprobación, Cataluña dio luz verde este jueves, con los votos en contra del PP y matizaciones de UDC, a una ley antihomofobia que prevé un duro régimen sancionador para los que incurran en discriminación hacia el colectivo de gays, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales. La norma, que quedó en «stand by» después de que el PP presentara un recurso ante el Consejo de Garantías Estatutarias, impone la carga inversa de la prueba, es decir, establece que el acusado de homofobia es culpable hasta que pruebe su inocencia.
2/10/14 9:52 PM | Imprimir | Enviar
(Efe/InfoCatólica) La Ley contra la homofobia y para garantizar los derechos del colectivo de gays, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGTBI) prosperó con los votos a favor de CDC, ERC, PSC, ICV-EUiA, C's y CUP y en contra del PP, mientras que UDC apoyó solo una parte del redactado.
Los populares catalanes consideran «innecesaria», «ideológica» y «sumamente intervencionista» la ley, que también ha sido duramente criticada por algunas entidades católicas y los obispos catalanes al considerar que «brinda privilegios a este colectivo que no tienen otros grupos con riesgo de discriminación» y por que insta a escuelas e universidades a «promocionar una particular opción sexual».
El texto aprobado este jueves prevé desarrollar y garantizar los derechos del colectivo LGTBI e impedir situaciones de discriminación y violencia, para lo que contempla medidas que van desde el trabajo pedagógico en escuelas y universidades hasta un régimen sancionadorque establece multas contra infracciones leves, graves o muy graves, informa Ep.

Régimen sancionador

Precisamente el régimen sancionador ha sido uno de los puntos más polémicos de la norma, que prevé entre las infracciones el uso de expresiones vejatorias que inciten a la violencia, discriminar el acceso de personas LGTBI a un servicio público, asediarles y convocar actos que inciten al odio contra este colectivo.
Las sanciones por estas infracciones varían en función de si se trata de leves, graves o muy graves y van desde una multa equivalente al indicador de la renta de suficiencia(569,12 euros en 2014) a la prohibición de recibir ayudas públicas o subvenciones durante un máximo de cinco años

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