Javier Lozano
El lobby LGTB tiene marcado el 28 de marzo en rojo. Ese día el Tribunal Supremo de Estados Unidos tratará el primer caso de lo que este grupo de presión denomina “derechos de los transexuales” y no es otra cosa que la utilización de los baños públicos según el “género” que cada uno sienta en ese momento y no según el sexo biológico.
El fallo del tribunal es considerado clave pues el asunto de los “baños transgéneros” es uno de los principales legados que ha dejado Obama y que más división ha creado en el país. El ya expresidente reinterpretó el Título IX de la Ley de Derechos Civiles para incluir las protecciones basadas en la “identidad de género”, motivo por el cual ordenó a edificios federales y colegios que permitiesen la utilización de baños a hombres que dijeran sentirse mujeres y viceversa.
El caso de Gavin Grimm
Y al Supremo llega el caso concreto de Gavin Grimm, una niña que afirma ahora ser niño y que demandó a la Junta Escolar del Condado de Gloucester (Virginia) después de que se le negara la utilización de los baños de niños, tal y como exigía.
En un principio, el director del centro accedió a las exigencia de este menor transgénero pero los padres del resto de alumnos se quejaron y finalmente se decretó que “los baños y los vestuarios masculinos y femeninos se limitarán a los sexos biológicos correspondientes”.
Gavin Grimm, niño que dice que a los nueve años se convirtió en niña, denunció a la Junta Escolar de Gloucester
Un caso utilizado por el lobby LGBT
Rápidamente, importantes organizaciones proLGTB vieron la oportunidad de utilizar este caso para seguir imponiendo su agenda. De este modo, este menor fue representado por la American Civil Liberties Union y apoyado decididamente por organizaciones lobistas como GLAD y el Fondo de Defensa Legal y Educación Transgénero.
El fallo es capital para estos grupos y así lo reconocen abiertamente. “El caso es muy importante para el movimiento de los derechos trans, tanto por su extensión legal como por la cantidad de atención a los derechos transgénero que se creará entre los tribunales, legisladores y reguladores”, afirmaba Gary Buseck, de la organización LGTBI GLAD.
Una oportunidad histórica por la situación del Supremo
Además, el lobby LGTB es consciente de que tiene una oportunidad histórica que puede no darse en décadas pues el Tribunal Supremo sigue teniendo vacío el sillón de Scalia puesto que Neil Gorsuch, nombrado por Trump, aún no ha sido ratificado por el Senado.
Se da la circunstancia de que en el Senado Gorsuch necesita 60 votos para ser nombrado oficialmente juez del Supremo. Los republicanos cuentan con 52 senadores y le harían falta ocho votos demócratas. La audiencia en el Senado empezará el 20 de marzo y el Supremo verá el caso el 28 por lo que no es descabellado pensar que el Partido Demócrata intentará bloquear todo lo posible su nombramiento y así potenciar una de las grandes medidas de Obama.
De este modo, el Supremo quedaría con ocho miembros, cuatro abiertamente progresistas, tres conservadores y un juez que ha hecho el péndulo en distintas ocasiones, por lo que es factible una victoria del lobby LGTB.
Pero una cosa es la ideología y las presiones de los lobbies y otra son los datos y evidencias científicas que desacreditan estos postulados.
Los antecedentes de Alfred Kinsey
Distintos expertos han colaborado enviando al Supremo textos jurídicos y científicos relacionados con el caso. Uno de estos “amicus curiae” es el de Judith Reisman, fundadora del Instituto de Protección del Niño y profesora en la Facultad de Derecho de la Universidad de Liberty (Virginia). Ella es una experta mundialmente conocida en temas de abuso infantil y por haber refutado de manera contundente las tesis del sexólogo Alfred Kinsey (1854-1956), uno de los padres del movimiento transgénero y que ayudó a poner las bases de la ideología de género.
Alfred Kinsey autorizó experimentos con niños para intentar demostrar que disfrutaban con las relaciones sexuales
El legado de Kinsey perdura todavía hoy. Él creía que todos los actos sexuales son legítimos, incluyendo la pedofilia, la zoofilia, el sadomasoquismo o el incesto. Incluso autorizó experimentos para así recoger información que justificara su visión de que los niños de cualquier edad disfrutan teniendo relaciones sexuales.
Y el transexualismo entró también en su repertorio cuando se le presentó el caso de un niño que quería ser niña. Kinsey consultó con un conocido suyo, un endocrinólogo llamado Dr. Harry Benjamin. Los travestis, hombres que se vestían como mujeres, eran conocidos. Kinsey y Benjamin vieron a este niño como una ocasión para cambiar al travesti físicamente, mucho más allá de los vestidos y del maquillaje. Kinsey y Benjamin se convirtieron en colaboradores profesionales en el primer caso de lo que Benjamin más tarde llamó “transexualismo”.
Los peligros de la agenda transgénero
Conociendo los antecedentes históricos de este movimiento, Reisman aporta datos científicos que alertan de que la agenda transgénero daña a los niños y perjudica a los estudiantes.
En primer lugar, esta experta explica en su escrito al Tribunal Supremo, tal y como recoge Mercatornet, que la promoción de los “niños trans” fomenta los “protocolos médicos experimentales” que cambian completa e irreversiblemente la vida de los afectados y que “no cumplen con los dictados de la ética médica”. En su opinión, detrás de esto está la agenda de una ideología que “amenaza el bienestar físico, mental y emocional de los niños”.
Una de las claves: el consentimiento informado
Sin embargo, su argumentación principal se centra en otro aspecto: el consentimiento informado.
Su escrito indica que los promotores de la ideología de género piden una intervención más temprana con los niños a través de fármacos y hormonas. “Estos protocolos crean esterilidad irreversible y otros efectos que cambian la vida de los niños, ya que los menores con cerebros inmaduros, son incapaces de dar su consentimiento informado. Tampoco lo pueden dar los padres este consentimiento informado para estos protocolos porque las consecuencias a la largo plazo de estas intervenciones tempranas son desconocidos”, explica Judith Reisman.
Judith Reisman ha escrito varios libros y cientos de artículos que tratan sobre las consecuencias de las investigaciones de Kinsey en la legislación y la política pública
Ahondando en este punto, esta experta explica al Supremo que “la neurociencia ha documentado que los cerebros de los niños son cognitivamente inmaduros hasta ya entrados en los veinte años. Los científicos pueden mapear digitalmente cómo se desarrolla el cerebro, y han encontrado que las partes del cerebro que permiten la transformación de conceptos complejos, tales como la ‘identidad de género’, la evaluación de riesgos y la toma de decisiones informadas son los últimos en madurar".
Los niños no pueden tomar esta decisión; los padres, tampoco
De este modo, Reisman concluye que los niños no sólo legalmente no pueden dar su consentimiento para estos tratamientos sino que también “cognitivamente son incapaces de dar su consentimiento informado”.
A su juicio, “el consentimiento informado es un requisito ético fundamental, sobre todo cuando, como es cierto en estas primeras intervenciones, el tratamiento es irreversible”.
El Código de Núremberg
Incluso, la que fuera investigadora principal de la Oficina de Justicia Juvenil sobre el abuso y la pornografía infantil del Departamento de Justicia recuerda el Código de Núremberg, que se desarrolló tras los experimentos atroces realizados con seres humanos por los nazis.
Este código dice, según reproduce Reisman, que “la persona implicada debe tener capacidad legal para dar consentimiento; su situación debe ser tal que pueda ser capaz de ejercer una elección libre, sin intervención de cualquier elemento de fuerza, fraude, engaño, coacción u otra forma de constreñimiento o coerción; debe tener suficiente conocimiento y comprensión de los elementos implicados que le capaciten para hacer una decisión razonable e ilustrada. Este último elemento requiere que antes de que el sujeto de experimentación acepte una decisión afirmativa, debe conocer la naturaleza, duración y fines del experimento, el método y los medios con los que será realizado; todos los inconvenientes y riesgos que pueden ser esperados razonablemente y los efectos sobre su salud y persona que pueden posiblemente originarse de su participación en el experimento”.
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