miércoles, 6 de noviembre de 2013

ESPAÑA: EL SUPREMO ANULA LA SENTENCIA QUE ABSOLVÍA AL ABORTISTA MORÍN Y ORDENA QUE SE REPITA EL JUICIO.

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TENDRÁN QUE JUZGARLE OTROS JUECES


El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que absolvió al doctor Carlos Morín y a otros diez acusados de haber practicado supuestamente 89 abortos ilegales durante 2007 en dos clínicas de Barcelona. El alto tribunal estima los recursos de casación promovidos por el Ministerio Fiscal y las acusaciones populares contra el fallo absolutorio y ordena repetir el juicio ante un nuevo tribunal, formado por distintos magistrados.
05/11/13 7:41 PM | Imprimir | Enviar
(EP/InfoCatólica) Los recursos fueron presentados contra la sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial que absolvía a los acusados de delitos de aborto ilegal, falsedad documental, asociación ilícita e intrusismo profesional.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, explica que los magistrados son «conscientes» de las consecuencias asociadas a la anulación del juicio ya que «no ignoran la lacerante vivencia de las mujeres que pueden verse ahora obligadas a la indeseable evocación de un recuerdo que, en algunos casos, habrá llegado a marcar sus vidas».

Varapalo a los jueces que emitieron la primera sentencia

Sin embargo, esgrime que el abandono por parte del tribunal sentenciador de «elementales exigencias técnico jurídicas» en el análisis de la prueba y en su valoración ha conducido a un escenario que el Tribunal Supremo no puede convalidar.
A su entender, la Audiencia menoscabó el derecho de aportación probatoria del fiscal y las acusaciones populares.

Las mujeres que abortaron solo declararán si es indispensable

Eso sí, el Supremo pide al nuevo tribunal que las mujeres afectadas declaren en el próximo juicio cuando su testimonio sea «indispensable» y que su interrogatorio se desarrolle de forma que «humanice su práctica, evitando así una victimización añadida a la que ya han experimentado».
El tribunal barcelonés consideró probado que la totalidad de los abortos se llevaron a cabo con el consentimiento y petición expresa de las embarazadas, y en el caso de las menores, de su representante legal.

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